Época: Séptima Época
Registro: 245469
Instancia: Sala Auxiliar
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Volumen 181-186, Séptima Parte
Materia(s): Penal
Tesis:
Página: 282

PRUEBAS, PRINCIPIO DE INMEDIACION EN LA APRECIACION DE LAS.

En la valoración penal de las pruebas corresponde mayor crédito a las obtenidas a raíz de ocurridos los hechos incriminados, que a aquellas promovidas con posterioridad.

Amparo directo 1952/67. Jesús Martínez Delgado. 8 de marzo de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.

Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 205, página 449, bajo el rubro “PRUEBAS, PRINCIPIO DE INMEDIACION EN LA APRECIACION DE LAS.”.