Época: Quinta Época
Registro: 319084
Instancia: Segunda Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Tomo CXI
Materia(s): Administrativa
Tesis:
Página: 1707

BARDAS A LOS PREDIOS EN EL DISTRITO FEDERAL (MODALIDADES A LA PROPIEDAD PRIVADA).

Aunque es cierto que sólo corresponde al Congreso de la Unión el ejercicio de la facultad para imponer modalidades a la propiedad privada, debe decirse, sin embargo, que no se está en presencia de una auténtica modalidad a la propiedad, al ordenar que se cerquen con bardas los predios libres, ubicados en el Distrito Federal, pues tales modalidades deben referirse a los atributos de la propiedad misma, restringiéndolos o modificándolos por medio de disposiciones de carácter general, y no puede sostenerse válidamente que mandar cercar los predios signifique alguna restricción a los derechos constitutivos de la misma, cuando sólo se pretende mejorar el aspecto de la ciudad y evitar, por razones de salubridad, que se acumulen desperdicios y basura en los predios no cercados.

Amparo administrativo en revisión 8704/50. Cuevas viuda de García Sancho Guadalupe. 12 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator: Nicéforo Guerrero.