Época: Quinta Época
Registro: 337601
Instancia: Segunda Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Tomo XXXI
Materia(s): Administrativa, Penal
Tesis:
Página: 347
EXTRADICION, TRATADOS DE.
Cuando al reclamar contra una extradición, se invoque por el quejoso, la violación de las garantías que otorga el artículo 22 constitucional, que prohibe las penas inusitadas y, además, el artículo 15 constitucional, alegando la improcedencia de la extradición, la Corte debe estudiar la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto reclamado, bajo ese aspecto.
Amparo administrativo en revisión 2339/30. Sichel Enrico. 21 de enero de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Cisneros Canto. Relator: Salvador Urbina.