DECLARACION PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA COMPETENCIA DEL COMITE PARA LA ELIMINACION DE LA DISCRIMINACION RACIAL
Los Estados Unidos Mexicanos reconocen como obligatoria de pleno derecho la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, establecido en el Artículo 8 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante resolución 2106 (XX) del 21 de diciembre de 1965 y abierta a firma el 7 de marzo de 1966.
De conformidad con el Artículo 14 de la Convención, los Estados Unidos Mexicanos declaran que reconocen la competencia del Comité para recibir y examinar comunicaciones de personas o grupos de personas comprendidas dentro de su jurisdicción, que alegaren ser víctimas de violaciones, por parte de ese Estado, de cualquiera de los derechos estipulados en la Convención.