RESOLUCIONDE LA XXIVI ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD
QUE REFORMA LA CONSTITUCIÓN DE LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (Artículo 34 y 55)
Vista la conveniencia de establecer un sistema de programas y presupuestos bienales con arreglo a lo indicado en la resolución WHA25.24 y en el informe que sobre este asunto presentó el Director General a la 25a Asamblea Mundial de la Salud;
Enterada de que, en su 51a reunión, el Consejo Ejecutivo, por su resolución EB51.R51, ha recomendado a la 26a asamblea Mundial de la Salud que se establezca cuanto antes un ciclo de programas y presupuesto bienales y que se adopten las propuestas de reforma de los Artículos
34 y 55 de la Constitución; Advirtiendo que se ha dado el debido cumplimiento a las disposiciones del Artículo 73 de la Constitución, donde se exige que las propuestas de reforma de la Constitución se comuniquen a los Estados Miembros por lo menos seis meses antes de que
la Asamblea de la Salud las examine,
I
1.- ADOPTA las reformas de la Constitución que se reproducen en los anexos de la presente resolución y que forman parte integrante de esta, quedando entendido que los textos chino, español, francés, ingles, y ruso serán igualmente auténticos;
2.- RESUELVE que el Presidente de la 26a. Asamblea Mundial de la Salud y el Director General de la Organización Mundial de la Salud refrenden con su firma dos ejemplares de la presente resolución, uno de los cuales se transmitirá al Secretario General de las Naciones Unidas, depositario de la Constitución, y otro se conservará en los archivos de la Organización Mundial de la Salud.
II
Considerando que, según lo dispuesto en el Artículo 73 de la Constitución, las modificaciones antedichas entrarán en vigor para todos los Estados Miembros cuando las hayan aceptado las dos terceras partes de éstos, de conformidad con sus procedimientos constitucionales respectivos,
RESUELVE que se notifique esa aceptación depositando en poder del Secretario General de las Naciones Unidas el oportuno instrumento oficial, en las condiciones establecidas para la aceptación de la Constitución en el párrafo (b) del Artículo 79 de la Constitución.
EN FE DE LO CUAL firmamos puño y letra el presente documento. Hecho en Ginebra el 24 de mayo de 1973, en dos ejemplares.
(Signed-Signé) J. Sulianti
Presidente de la 26a.
Asamblea Mundial de la Salud. (Signed-Signé)
M. G. Candau,
Director General de la
Organización Mundial de la Salud.
Artículo 34: Suprímase la palabra “anualmente”.
Artículo 55: Suprímase la palabra “anual”.
La nueva redacción de estos artículos será, por tanto, la siguiente;
ARTICULO 34
El Director Genera preparará y presentará al Consejo los balances y proyectos del presupuesto de la Organización.
ARTICULO 55
El Director General preparará y someterá al Consejo el proyecto de presupuesto de la Organización. El Consejo considerará y someterá a la Asamblea de la Salud dicho proyecto de presupuesto con las recomendaciones que estime convenientes.